PORTAL DE TRANSPARENCIA
DIPUTACIÓN ABIERTA

Servicio de Transparencia

EL SERVICIO DE TRANSPARENCIA

Creación

La Diputación de Alicante desde el Área de Buen Gobierno y a través de su estructura organizativa, desarrolló e implementó el Portal de Transparencia, antes de la entrada en vigor de la legislación de transparencia en octubre de 2015.

Mediante el instrumento de planificación de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por acuerdo plenario en sesión extraordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2016, en febrero de 2017, se creó el Servicio de Transparencia, incardinándose dentro del Departamento de Informática del Área de Buen Gobierno de la Diputación (ver organigrama).

Por acuerdo plenario en sesión extraordinaria de 21 de diciembre de 2017, de modificación de la RPT, se creó el Área de Innovación y Agenda Digital, dentro de la cual, se encuentra el Servicio de Transparencia, Boletín oficial de la Provincia e Imprenta. El organigrama administrativo actual proviene de la modificación de la RPT efectuada en diciembre de 2021 – Revisión Pleno de 3 de agosto de 2022 (Ver organigrama)

Estructura

Los puestos de trabajo con las tareas y funciones relacionadas con la transparencia, son:

Puesto: Jefe de Servicio de Transparencia, BOP e Imprenta
Código RPT: 43010

Puesto: Jefe de Sección BOP y Transparencia
Código RPT: 43015

Puesto: Encargado Portal Transparencia
Código RPT: 43033

Puesto: Gestor Administrativo (3)
Código RPT: 43050

Puesto: Oficial de composición y gestión administrativa (2)
Código RPT: 43051

Funciones

Las funciones del Servicio de Transparencia están contempladas en el apartado primero del artículo 4 de la Ordenanza de Transparencia y Acceso a la Información de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (BOPA núm. 186 de 27 de septiembre de 2016), que indica que:

La organización administrativa de la Diputación dispondrá de una unidad responsable de transparencia, adscrita al área de gobierno que tenga atribuida esta materia, a la que se dotará de los medios humanos y materiales adecuados, para el cumplimiento de lo previsto en la presente Ordenanza y a la que corresponderá:

1. La coordinación en materia de publicidad activa y pasiva para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ordenanza, recabando la información necesaria de los órganos competentes del departamento, organismo o entidad, asistiendo a los responsables de proporcionar la información en el cumplimiento de sus obligaciones y procediendo a su difusión o traslado a los solicitantes, cuando proceda.

2. Asegurar la disponibilidad en el portal de transparencia de la información de publicación obligatoria.

3. La creación y actualización de un catálogo de información pública que obre en poder de la Diputación, con indicaciones claras de dónde puede encontrarse dicha información.

4. Mantener un registro de solicitudes de acceso a la información, y, en su caso, de las reclamaciones que se interpongan.

5. La tramitación de las solicitudes de acceso a la información y de las reclamaciones que se interpongan, así como la puesta a disposición de la solicitada en caso de estimación total o parcial.

6. El asesoramiento a las personas para el ejercicio del derecho de acceso y la asistencia a aquéllas en la búsqueda de la información, sin perjuicio de las funciones que tengan atribuidas otras unidades administrativas.

7. La emisión de los informes y propuestas en materia de transparencia administrativa, reutilización y derecho de acceso a la información pública.

8. Las demás que le atribuya el ordenamiento jurídico y todas las que sean necesarias para asegurar la aplicación de esta Ordenanza.

Corresponde a la Presidencia o Diputado en quien delegue, dictar las resoluciones e instrucciones necesarias para dar cumplimiento a la Ordenanza de Transparencia y Acceso a la Información de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (BOPA núm. 186 de 27 de septiembre de 2016) y demás normativa de aplicación en materia de transparencia, acceso a la información y su reutilización.

En virtud de la Resolución del Ilmo. Sr. Presidente núm. 2985, de fecha 26 de julio de 2019 (BOP núm. 145, de fecha 1 de agosto, de 2019), estas funciones recaen en la Vicepresidenta 1ª y Diputada de Cultura y Transparencia.

Las instrucciones que se han dictado en materia de transparencia son:

La Instrucción del Diputado del Área de Buen Gobierno para la publicación de información sobre contratos menores en el Portal de Transparencia, de 21 de diciembre de 2015, complementada posteriormente por la Instrucción de 22 de marzo de 2018, sobre Contratación Menor de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, del Vicepresidente Tercero y Diputado del Área de Hacienda y Administración General, sustituida por la Instrucción de 6 de marzo de 2020 sobre la tramitación de contratos menores, que recoge las modificaciones legislativas en el ámbito de la contratación menor.

– El Decreto núm. 10372 de 22 de Diciembre de 2016, que aprueba La Instrucción de desarrollo de determinadas obligaciones de publicidad activa de la Ordenanza de Transparencia y Acceso a la Información de la Excelentísima Diputación Provincial de Alicante.

Coste de la transparencia

El desarrollo e implementación de la transparencia en la Excma. Diputación Provincial de Alicante, y del Portal de Transparencia, se ha realizado a través de los recursos humanos, tecnológicos y materiales existentes, sin incremento de créditos presupuestarios para tal fin.

Los costes directos de los puestos de trabajo con funciones de Transparencia, teniendo en cuenta el tiempo en el que han estado provistos, es el siguiente:

Año 2021

El coste en recursos humanos es el de los puestos de trabajo que tienen encomendadas funciones y actividades relacionadas con la transparencia.

(CRPT 43010 al 50%, CRPT 43015 al 75%, CRPT 43033 al 90%, CRPT 43050 (2) al 100%, CRPT 43050 al 25% y CRPT 43051 (2) al 5%)

Año 2020

El coste en recursos humanos es el de los puestos de trabajo que tienen encomendadas funciones y actividades relacionadas con la transparencia.

(CRPT 43010 al 50%, CRPT 43033 al 90%, CRPT 43050 al 100% y CRPT 43051 (2) al 5%)

Año 2019

El coste en recursos humanos es el de los puestos de trabajo que tienen encomendadas funciones y actividades relacionadas con la transparencia.

(CRPT 43010 al 50%, CRPT 43033 al 90% y CRPT 43051 (2) al 5%)

Año 2018

El coste en recursos humanos es el de los puestos de trabajo del Servicio de Transparencia (CRPT 43015 al 75% y CRPT 43033 al 100%) .

Año 2017

El coste en recursos humanos es el de los puestos de trabajo del Servicio de Transparencia .

Año 2016

El coste en recursos humanos es el de los puestos de trabajo que colaboraron en transparencia hasta la creación del Servicio.

subir